El caso que rayó a Publio...

Fecha de noticia: 5-Mayo-2016

corte salva cara

Por: Carlos Urbina

Fuentes vinculadas con la DGi indican que el caso que motiva esta nota provocó una reacción airada de Publio Cortés, actual Director de Ingresos (vea noticia), al observarse como el TAT usa un raro argumento para favorecer al contribuyente.

Antecedentes

La DGi alcanzó al contribuyente al negarle el uso de la exoneración de impuesto de remesas por intereses establecido en la ley de turismo (ley 8 de 1994).

Esta exoneración permite a los hoteles remesar intereses sin retención.

Resolución Original

La DGi alcanzó al contribuyente al indicar que si bien él estaba exonerado de la remesa por la ley de turismo el beneficio sólo alcanzaba a la actividad hotelera y no a otras actividades realizadas por el contribuyente.

La otra actividad a la que se refería la DGi era la existencia de un centro comercial, en adición al hotel.

Por esta razón la DGi sólo consideró exenta de retención la parte de la remesa correspondiente al hotel y no a la parte correspondiente al centro comercial.

De esta forma, como el lote total era de 15.2 hectáreas, y el hotel sólo ocupaba 2 mil metros, la DGi estableció este porcentaje en 1.53% de la remesa enviada.

Apelación

El contribuyente comienza sus alegatos cuestionando la proporción de 1.53/98.47 usada por la DGi indicando que el Hotel hoy ocupa más del 60% de la finca madre.

Luego, agrega el contribuyente, que el permiso hotelero concedido por el IPAT claramente mencionaba al Hotel y Centro Comercial ya que se había solicitado indicando que se construirían "restaurantes, cafés, discotecas, parques temáticos, cines, lugar de diversión y entretenimiento".

Fallo del TAT

El TAT indicó que al usar la DGi las declaraciones de renta del contribuyente para realizar el alcance en impuesto de remesa, se debia aplicar el término de 3 años para la prescripción del cobro de este impuesto (artículo 720 del Código Fiscal).

Nunca, que sepamos, alguien había interpretado que el impuesto de remesa estaba sujeto a este término de prescripción del impuesto a la renta.

Luego el TAT menciona una lista de fallos donde, según la institución, se aplicó este artículo.

Por último, el TAT dice coincidir con el contribuyente en que el prorrateo aplicado por la DGi viola la exoneración concedida por el IPAT.

Nuestras fuentes indican que a este pobre argumento fue al que hizo referencia el día 31 de marzo de 2015, Publio Cortés, director de Ingresos,por twitt al decir que existían fallos del TAT con dudoso sustento jurídico. (vea twitt).

El TAT ha sido duramente criticado en el pasado por otros estamentos, entre estos la Corte Suprema de Justicia, por el poco sustento jurídico de sus fallos. vea fallo

Vea fallo completo haciendo click aquí: (vea fallo)

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